En fallo unánime, el tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal.
La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa en contra de la sentencia que condenó a un ex funcionario de Carabineros, a la pena de 17 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de violación de menor de 14 años. Ilícito perpetrado en la ciudad, en 2024.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica.
“(…) el argumento central de la impugnación del recurrente, como también hizo valer en el juicio, se funda en la errada ponderación del testimonio de la víctima como prueba de la autoría del sentenciado en el delito señalado, fundado en que la identificación de aquel en tal calidad fue inducida por un fiscal del Ministerio Público en una entrevista realizada antes del juicio al darle a conocer el apellido de dicha persona; y porque la sentencia no se hace cargo de la hipótesis de desplazamiento de autor emanada de la prueba rendida”, consigna el fallo.
Para la Primera Sala: “(…) de lo expuesto emana que el tribunal dio cabal cumplimiento al deber de fundamentación y valoración de la prueba conforme a la sana crítica, en cuanto al establecimiento del delito, a la participación del acusado y se hizo cargo de las alegaciones de la defensa, por lo que, como adelantamos, debe rechazarse el recurso de nulidad por el capítulo en análisis”.
Por lo tanto, se resuelve que: “SE RECHAZA el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Marco Antonio Salfate Videla, en representación de L.F.C.P., contra la sentencia definitiva de 24 de abril de 2026, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica en la causa (…), declarándose, en consecuencia, que dicha sentencia no es nula, como tampoco el juicio que le sirvió de base”.



